Asueto Nacional en El Salvador,
en el mes de Agosto
Estimados
Clientes y Amigos:
ROMERO
PINEDA & ASOCIADOS les recuerda que de conformidad al Artículo 190 del Código de Trabajo, se establece como asueto
remunerado el día 6 de agosto de cada año, por la “Celebración del Divino
Salvador del Mundo”, lo cual aplica tanto para las trabajadoras y trabajadores
del sector público como del sector privado.
Además,
se establecen como asueto remunerado para la ciudad de San Salvador el día 3 y
5 de agosto. En el resto de la República, será asueto remunerado el día
principal de la festividad más importante del lugar según la costumbre.
Únicamente
quedarán excluidos del goce del asueto los trabajadores a domicilio y los
trabajadores cuyos salarios se hayan estipulado por comisión o a destajo, por
ajuste o precio alzado.
Los
centros de trabajo que laboren los referidos días deberán pagar un salario
extraordinario integrado por el salario ordinario más un recargo del 100% de
éste. Asimismo, si trabajan horas extras o laboran en jornada nocturna, el
cálculo para el pago de los recargos se hará en base al salario extraordinario
antes mencionado.
Para
mayor información y asistencia legal en éste y otros asuntos de tipo
Corporativo y/o Laboral, por favor no duden en contactar al Licenciado José
Freddy Zometa (Socio a cargo del Área Corporativa) y/o a la Licenciada Beatriz
Merino (Coordinadora de la Unidad Laboral) al (503) 2505-5555 o a los correos
electrónicos fzometa@romeropineda.com y bmerino@romeropineda.com.
Para
nosotros será un gusto poder atenderles.
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