martes, 17 de febrero de 2015

LEY DE FONDOS DE INVERSIÓN


LEY DE FONDOS DE INVERSIÓN

La Asamblea Legislativa de El Salvador aprobó en Agosto del corriente año el decreto 776 que contiene la “Ley de Fondos de Inversión”. Esta es una normativa financiera novedosa que permitirá desarrollar el mercado de inversiones a través de la Bolsa de Valores.
El principal objetivo de la Ley es la creación de un nuevo esquema de inversión colectiva en el país, que potencie la participación de diversos actores (que tradicionalmente no invierten individualmente en el mercado de valores) en inversiones conjuntas con otros participantes del mercado, diversificando el riesgo de inversión. Un inversionista puede participar con montos mínimos que unidos a otros permiten una inversión mayor.
El inversionista tendrá un marco legal ad hoc para su inversión, pues cada Fondo elaborará su propio marco regulatorio a través de reglamentos, manuales y otros instrumentos que le rijan.
La Ley permite beneficios fiscales atractivos para las partes, así:

Para el Fondo de Inversión.

ü  Exención  de pago del Impuesto Sobre la Renta.
ü  Exención de cualquier tasa o contribución especial.
ü  Exención de pago de IVA (solo aplica para caso de fondos abiertos).
ü  Exención de pago del impuesto a la Transferencia de Bienes Raíces (solo para fondos cerrados que inviertan en inmuebles).
Los activos en que invierta no podrán ser embargados, ni sujetarse a ningún tipo de medida cautelar o preventiva por los acreedores de la Gestora ni de los Inversionistas.

Para el Inversionista.
ü  Exención de pago de Renta sobre los ingresos, réditos o ganancias provenientes de su cuota de participación en fondos de inversión, (primeros 5 años después de constituido el primer Fondo) Esta exención no aplica para personas jurídicas.

Exenciones no aplicables para Inversiones en cuotas de participación de fondos de inversión extranjeros.

Áreas en que se puede invertir:
ü  Proyectos novedosos que requieran de gran capital;
ü  Acciones de compañías que cotizan en bolsa;
ü  Bonos;
ü  Instrumentos o valores emitidos por el Estado salvadoreño o por otros Estados;
ü  Bienes inmuebles;
ü  Acciones y bonos emitidos por sociedades extranjeras;
ü  Acciones que no coticen en bolsa, entre otros.

La Ley abre espacios beneficiosos tanto para los inversionistas, quienes pueden participar en un mercado con mayores oportunidades de retorno, como para las gestoras quienes generaran ganancia a través de comisiones por administración del Fondo y retornos de la inversión y para aquellos actores que necesiten o busquen financiamientos no tradicionales (bancarios) con mejores condiciones, lo cual coloca a los Fondos de inversión en una posición de ventaja ante las entidades financieras tradicionales..

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